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Aristóteles (384-322 a.C.) fue un filósofo, lógico y científico griego. Junto con su maestro Platón, Aristóteles es considerado generalmente como uno de los pensadores antiguos más influyentes en diversos campos filosóficos, incluida la teoría política. Aristóteles nació en Estagira, al norte de Grecia, y su padre era médico de la corte del rey de Macedonia. De joven estudió en la Academia de Platón en Atenas. Tras la muerte de Platón, abandonó Atenas para realizar investigaciones filosóficas y biológicas en Asia Menor y Lesbos, y fue invitado por el rey Filipo II de Macedonia a ejercer de tutor de su joven hijo, Alejandro Magno. Poco después, Alejandro sucedió a su padre, consolidó la conquista de las ciudades-estado griegas y se lanzó a la invasión del Imperio persa. Aristóteles regresó como extranjero residente a Atenas, y fue amigo íntimo de Antípatro, el virrey macedonio. En esta época (335-323 a.C.) escribió, o al menos trabajó en algunos de sus principales tratados, entre ellos la Política. Cuando Alejandro murió repentinamente, Aristóteles tuvo que huir de Atenas debido a sus conexiones macedonias, y murió poco después. La vida de Aristóteles parece haber influido en su pensamiento político de diversas maneras: su interés por la biología parece reflejarse en el naturalismo de su política; su interés por la política comparada y sus simpatías cualificadas tanto por la democracia como por la monarquía pueden haber sido alentadas por sus viajes y su experiencia de diversos sistemas políticos; reacciona críticamente ante su maestro Platón, al tiempo que toma prestados en gran medida, de Platón República, Estado y Leyes; y su propia Política está destinada a guiar a gobernantes y estadistas, reflejando los altos círculos políticos en los que se movía.

Ciencia política en general[edit | edit source]

La palabra moderna “político” deriva del griego politikos, “de, o perteneciente a, la polis”. (El término griego polis se traducirá aquí como “ciudad-estado”. También se traduce comúnmente como “ciudad” o simplemente como “polis”. Ciudades-estado como Atenas y Esparta eran unidades relativamente pequeñas y cohesionadas, en las que se entrelazaban intereses políticos, religiosos y culturales. El grado de similitud con las modernas naciones-estado es controvertido). La palabra de Aristóteles para “política” es politikê, que es la abreviatura de politikê epistêmê o “ciencia política”. Pertenece a una de las tres ramas principales de la ciencia, que Aristóteles distingue por sus fines u objetos. La ciencia contemplativa (que incluye la física y la metafísica) se ocupa de la verdad o del conocimiento por sí mismo; la ciencia práctica, de la buena acción; y la ciencia productiva, de fabricar objetos útiles o bellos (Top. VI.6.145a14-16, Met. VI.1.1025b24, XI.7.1064a16-19, ES VI.2.1139a26-8). La política es una ciencia práctica, ya que se ocupa de la acción noble o de la felicidad de los ciudadanos (aunque se asemeja a una ciencia productiva en cuanto que trata de crear, conservar y reformar los sistemas políticos). Así pues, Aristóteles entiende la política como una disciplina normativa o prescriptiva y no como una investigación puramente empírica o descriptiva.

En la Ética nicomáquea, Aristóteles describe su objeto de estudio como “ciencia política”, a la que caracteriza como la ciencia con mayor autoridad. Es la que prescribe qué ciencias deben estudiarse en la ciudad-estado, y las demás -como la ciencia militar, la administración del hogar y la retórica- caen bajo su autoridad. Puesto que gobierna las demás ciencias prácticas, sus fines sirven como medios para su fin, que no es otro que el bien humano. “Aunque el fin sea el mismo para un individuo y para una ciudad-estado, el de la ciudad-estado parece en todo caso mayor y más completo de alcanzar y conservar. Pues aunque sea digno alcanzarlo sólo para un individuo, es más noble y divino hacerlo para una nación o ciudad-estado” (ES I.2.1094b7-10). Las dos obras éticas (la Ética nicomáquea y la Ética eudemiana) explican los principios que constituyen los fundamentos de la Política: que la felicidad es el bien humano más elevado, que la felicidad es la actividad de la virtud moral definida en términos de la media, y que la justicia o la ventaja común es el bien político. La ciencia política de Aristóteles abarca, pues, los dos campos que los filósofos modernos distinguen como ética y filosofía política. (Véase la entrada sobre Ética de Aristóteles.) La filosofía política en sentido estricto es, a grandes rasgos, el tema de su tratado llamado la Política. Para profundizar en este tema, véase el siguiente documento complementario:

Suplemento: Características y problemas de la Política de Aristóteles

El punto de vista de Aristóteles sobre la política[edit | edit source]

La ciencia política estudia las tareas del político o del estadista (politikos), de forma muy parecida a como la ciencia médica se ocupa del trabajo del médico (véase Política IV.1). Es, de hecho, el conjunto de conocimientos que tales profesionales, si son verdaderamente expertos, también esgrimirán en el desempeño de sus tareas. La tarea más importante del político es, en su papel de legislador (nomothetês), elaborar la constitución adecuada para la ciudad-estado. Esto implica establecer leyes, costumbres e instituciones (incluido un sistema de educación moral) para los ciudadanos. Una vez establecida la constitución, el político debe tomar las medidas adecuadas para mantenerla, introducir reformas cuando las considere necesarias e impedir acontecimientos que puedan subvertir el sistema político. Este es el ámbito de la ciencia legislativa, que Aristóteles considera más importante que la política tal como se ejerce en la actividad política cotidiana, como la aprobación de decretos (véase ES VI.8).

Aristóteles compara con frecuencia al político con un artesano. La analogía es imprecisa porque la política, en el sentido estricto de ciencia legislativa, es una forma de conocimiento práctico, mientras que un oficio como la arquitectura o la medicina es una forma de conocimiento productivo. Sin embargo, la comparación es válida en la medida en que el político produce, opera, mantiene un sistema jurídico según principios universales (ES VI.8 y X.9). Para apreciar esta analogía es útil observar que Aristóteles explica la producción de un artefacto como una taza para beber en términos de cuatro causas: la material, la formal, la eficiente y la final (Phys. II.3 y Met. A.2). Por ejemplo, la arcilla (causa material) es moldeada en una forma aproximadamente cilíndrica cerrada en un extremo (causa formal) por un alfarero (causa eficiente o en movimiento) para que pueda contener una bebida (causa final). (Para más información sobre las cuatro causas, véase la entrada sobre la física de Aristóteles).

También se puede explicar la existencia de la ciudad-estado en términos de las cuatro causas. Es una especie de comunidad (koinônia), es decir, un conjunto de partes que tienen algunas funciones e intereses en común (Pol. II.1.1261a18, III.1.1275b20). Por lo tanto, se compone de partes, que Aristóteles describe de varias maneras en diferentes contextos: como hogares, o clases económicas (por ejemplo, los ricos y los pobres), o demes (es decir, unidades políticas locales). Pero, en última instancia, la ciudad-estado se compone de ciudadanos individuales (véase III.1.1274a38-41), que, junto con los recursos naturales, son el “material” o “equipo” con el que se construye la ciudad-estado (véase VII.14.1325b38-41).

La causa formal de la ciudad-estado es su constitución (politeia). Aristóteles define la constitución como “una cierta ordenación de los habitantes de la ciudad-estado” (III.1.1274b32-41). También habla de la constitución de una comunidad como “la forma del compuesto” y sostiene que el hecho de que la comunidad sea la misma a lo largo del tiempo depende de que tenga la misma constitución (III.3.1276b1-11). La constitución no es un documento escrito, sino un principio organizador inmanente, análogo al alma de un organismo. De ahí que la constitución sea también “la forma de vida” de los ciudadanos (IV.11.1295a40-b1, VII.8.1328b1-2). Aquí los ciudadanos son esa minoría de la población residente que posee plenos derechos políticos (III.1.1275b17-20).

La existencia de la ciudad-estado requiere también una causa eficiente, a saber, su gobernante. En opinión de Aristóteles, una comunidad de cualquier tipo sólo puede poseer orden si cuenta con un elemento o autoridad gobernante. Este principio rector viene definido por la constitución, que establece criterios para los cargos políticos, en particular el cargo de soberano (III.6.1278b8-10; cf. IV.1.1289a15-18). Sin embargo, a un nivel más profundo, debe existir una causa eficiente que explique por qué una ciudad-estado adquiere su constitución en primer lugar. Aristóteles afirma que “la persona que primero estableció [la ciudad-estado] es la causa de muy grandes beneficios” (I.2.1253a30-1). Esta persona era evidentemente el legislador (nomothetês), alguien como Solón de Atenas o Licurgo de Esparta, que fundó la constitución. Aristóteles compara al legislador, o al político en general, con un artesano (dêmiourgos), como un tejedor o un constructor naval, que transforma el material en un producto acabado (II.12.1273b32-3, VII.4.1325b40-1365a5).

La noción de causa final domina la Política de Aristóteles desde las primeras líneas:

Puesto que vemos que toda ciudad-estado es una especie de comunidad y que toda comunidad se establece en aras de algún bien (pues todo el mundo hace todo en aras de lo que cree que es bueno), es evidente que toda comunidad aspira a algún bien, y la comunidad que tiene más autoridad de todas e incluye a todas las demás aspira a lo más alto, es decir, al bien con más autoridad. Esto es lo que se llama ciudad-estado o comunidad política. [I.1.1252a1-7]

Poco después afirma que la ciudad-estado nace por la vida, pero existe por la vida buena (2.1252b29-30). El tema de que la vida buena o la felicidad es el fin propio de la ciudad-estado se repite a lo largo de la Política (III.6.1278b17-24, 9.1280b39; VII.2.1325a7-10). En resumen, la ciudad-estado es un compuesto hylomorphic (es decir, materia-forma) de una población particular (es decir, ciudadano-cuerpo) en un territorio dado (causa material) y una constitución (causa formal). La constitución en sí la elabora el legislador y la gobiernan los políticos, que son como artesanos (causa eficiente), y la constitución define el objetivo de la ciudad-estado (causa final, IV.1.1289a17-18). El análisis hilomórfico tiene para Aristóteles importantes implicaciones prácticas: del mismo modo que un artesano no debe tratar de imponer una forma a materiales para los que no es adecuada (por ejemplo, construir una casa con arena), el legislador no debe dictar o modificar leyes que sean contrarias a la naturaleza de los ciudadanos. Aristóteles rechaza, en consecuencia, esquemas utópicos como la propuesta en la República de Platón de que los hijos y la propiedad pertenezcan a todos los ciudadanos en común. Porque esto choca con el hecho de que “la gente presta más atención a su propia propiedad, menos a lo que es comunitario, o sólo tanta como les corresponde prestar atención” (Pol. II.3.1261b33-5). Aristóteles también desconfía de la innovación política casual, porque puede tener el nocivo efecto secundario de socavar el hábito de los ciudadanos de obedecer la ley (II.8.1269a13-24). Para un análisis más detallado de los fundamentos teóricos de la política de Aristóteles, véase el siguiente documento complementario:

Supplemento: Presuposiciones de la política aristotélica

En estos términos, pues, entiende Aristóteles el problema normativo fundamental de la política: ¿Qué forma constitucional debe establecer y preservar el legislador, en qué material y para qué fin?

Teoría general de las constituciones y la ciudadanía[edit | edit source]

Aristóteles afirma: “El político y legislador se ocupa enteramente de la ciudad-estado, y la constitución es un cierto modo de organizar a los que habitan la ciudad-estado” (III.1.1274b36-8). Su teoría general de las constituciones se expone en Política III. Comienza con una definición del ciudadano (politês), ya que la ciudad-estado es por naturaleza una entidad colectiva, una multitud de ciudadanos. Los ciudadanos se distinguen de otros habitantes, como los extranjeros residentes y los esclavos; e incluso los niños y los ancianos no son ciudadanos no cualificados (como tampoco lo son la mayoría de los trabajadores ordinarios). Tras un análisis más detallado, define al ciudadano como una persona que tiene derecho (exousia) a participar en cargos deliberativos o judiciales (1275b18-21). En Atenas, por ejemplo, los ciudadanos tenían derecho a asistir a la asamblea, al consejo y a otros órganos, o a formar parte de jurados. El sistema ateniense se diferenciaba de una democracia representativa moderna en que los ciudadanos participaban más directamente en el gobierno. Aunque la ciudadanía plena tendía a estar restringida en las ciudades-estado griegas (se excluía a las mujeres, los esclavos, los extranjeros y algunas otras personas), los ciudadanos tenían más derechos que en las democracias representativas modernas porque participaban más directamente en el gobierno. Así lo refleja Aristóteles en su definición de ciudadano (sin calificativos). Además, define la ciudad-estado (en el sentido no cualificado) como una multitud de tales ciudadanos que es adecuada para una vida autosuficiente (1275b20-21).

Aristóteles define la constitución (politeia) como una forma de organizar los cargos de la ciudad-estado, en particular el cargo de soberano (III.6.1278b8-10; cf. IV.1.1289a15-18). La constitución define así el órgano de gobierno, que adopta diferentes formas: por ejemplo, en una democracia es el pueblo, y en una oligarquía son unos pocos elegidos (los ricos o los bien nacidos). Antes de intentar distinguir y evaluar las distintas constituciones, Aristóteles se plantea dos cuestiones. En primer lugar, ¿por qué surge una ciudad-estado? Recuerda la tesis, defendida en Política I.2, de que los seres humanos son por naturaleza animales políticos, que naturalmente quieren vivir juntos. Para profundizar en este tema, véase el siguiente documento complementario: