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El Consejo Ejecutivo de la Comunidad de HeyStories, conocido también como Gobierno o Gabinete de HeyStories, es el órgano central de administración de la Comunidad de HeyStories, organizada polítcamente como una monarquía constitucional. Constitucionalmente, el Consejo posee la autoridad inmediata sobre el servidor de Discord y, de forma indirecta, sobre todos los proyectos asociados a HeyStories. Tiene la facultad de legislar en todas las áreas pertinentes al proyecto, excepto en aquellas prerrogativas reservadas al Mandatario Real. Las normativas que rigen el servidor de Discord, la Wiki, el Sitio Web y otros proyectos derivan de las resoluciones del Consejo Ejecutivo. Los integrantes de este cuerpo son referidos como Consejeros, Ministros o Secretarios Ejecutivos.

El Consejo Ejecutivo es la convergencia de los poderes ejecutivo, eclesiástico y judicial dentro de la Administración de la Comunidad, y sus competencias están estipuladas por el documento fundacional Principia. Es la única entidad con capacidad para ratificar enmiendas a Principia, que actúa como la carta magna y reglamento supremo de la Comunidad de HeyStories.

La adscripción al Consejo Ejecutivo se encuentra frecuentemente condicionada por la estima de los actuales miembros del Consejo y el desempeño que hayan tenido en la Comunidad. De manera protocolaria, la confirmación de los nombramientos para el Consejo Ejecutivo es prerrogativa del Mandatario Real, quien actúa en concordancia con las recomendaciones del Presidente de la Administración Pública. Los Consejeros pueden ejercer roles concurrentes en distintas entidades gubernamentales y en la formación política a la que estén afiliados, comúnmente el Panchismo. El Consejo Ejecutivo es la entidad gubernamental que ha registrado la menor incidencia de coaliciones interpartidistas en su seno.

Competencias y obligaciones

Las facultades conferidas al Consejo Ejecutivo se encuentran registradas en Principia, se hallan delineadas por los dictámenes del Pleno Judicial y extendidas por la legislación promulgada por la propia entidad.

A diferencia de otros sistemas gubernamentales, la Corte General de HeyStories (el cuerpo más parecido a un parlamento en la Comunidad) no posee facultades legislativas intrínsecas, sino que opera más bien como un cuerpo consultivo con capacidad de hacer propuestas, elegido democráticamente y con limitadas prerrogativas adicionales, como la facultad de cuestionar a los miembros del Consejo Ejecutivo. En realidad, el Consejo Ejecutivo está habilitado para legislar dentro de los márgenes legales establecidos, sin restricciones significativas, y tiene la autoridad para modificar las competencias de la Corte General.

Las escasas restricciones al poder del Consejo provienen principalmente del Pleno Judicial, cuyas resoluciones no están sujetas a modificaciones arbitrarias por parte de la Secretaría de Justicia (SJ), que es la entidad responsable de la administración del Poder Judicial. La SJ regula la operatividad del sistema judicial, pero no ejerce directamente sus poderes judiciales, asegurando su funcionamiento independiente. En este sentido, la SJ tiene la competencia de designar jueces a las Salas del Pleno Judicial, facultad que conlleva la potestad de revocar dichos nombramientos dentro de un periodo de seis días subsiguientes a su oficialización.

Poderes legislativos

Relación con la Corte General

La Corte General puede iniciar proyectos legislativos siguiendo un procedimiento establecido que comienza en el comité o partido correspondiente y culmina en el Pleno de la Corte, donde se vota y, de ser aprobado, el proyecto avanza al Consejo Ejecutivo. El Presidente de la Corte es responsable de presentar la propuesta al Consejo, que dispone de diez días para su deliberación interna. El Consejo tiene la autoridad para aprobar, rechazar o enmendar la propuesta.

Una propuesta aprobada se promulga como ley y se publica en la Gaceta Oficial de la Comunidad por el Mandatario Real dentro de los dos días siguientes. La Corte es informada de la decisión el mismo día de la aprobación. En caso de rechazo, la presentación de un proyecto similar queda postergada hasta el siguiente período legislativo. Si el Consejo solicita modificaciones, la Corte debe considerarlas y decidir si las incorpora al proyecto; de no hacerlo, la propuesta se considera rechazada.